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domingo, diciembre 7, 2025

Juez determina improcedente suspensión para no extraditar a Ovidio Guzmán a EEUU

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Debido a que su firma no coincide con la plasmada en juicios de amparo anteriores, un juez federal determinó improcedente la suspensión de plano solicitada en una nueva demanda de garantías por el líder de “Los Chapitos” del Cártel de Sinaloa, Ovidio Guzmán López “El Ratón”, contra la orden de extradición a los Estados Unidos.

El titular del Juzgado Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México ordenó al hijo de Joaquín “Chapo” Guzmán Loera ratificar la demanda de amparo presentada el martes contra “el destierro, proscripción, deportación, expulsión, o extradición al gobierno de los Estados Unidos de América”, que lo requiere por tráfico de drogas.

Al hacer una comparación de las constancias que obran en los juicios de amparo anteriores, el juzgador detectó que la firma estampada en la actual demanda 39/2023 difiere en cuanto a su trazo con la plasmada en la constancia de notificación personal practicada al quejoso y en los juicios de amparo radicados en el Juzgado Sexto.

“A simple vista difieren en cuanto a su trazo; es decir, al movimiento ejecutado al momento de plasmar dicho signo gráfico”, indicó.

En virtud de lo anterior, el juez Séptimo exhortó vía electrónica al Juzgado de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, en turno, para que notifique de manera personal a Guzmán López, recluido en el penal de máxima seguridad del Altiplano, la resolución.

“Remitiéndole para tal efecto copia simple del mismo, así como copia simple de la demanda de amparo que dio origen al presente juicio y de igual forma realice lo siguiente: … IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN DE PLANO No pasa desapercibido que, del escrito inicial, se advierte que la parte quejosa señala como acto reclamado el destierro, proscripción, deportación, expulsión, o extradición al Gobierno de los Estados Unidos de América”, se indica.

Información de Informador

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