-Anuncio-
domingo, septiembre 14, 2025

Incurrió AMLO en promoción personalizada durante las pasadas elecciones: TEPJF

Noticias México

Hallan fosa clandestina con supuestos restos óseos en Guerrero

Una fosa clandestina con supuestos restos óseos fue localizada este domingo en la cabecera municipal de Eduardo Neri, en...

Sheinbaum ‘estrenará’ banda presidencial en el Grito de Independencia como la primera presidenta de México

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo utilizará por primera vez la banda presidencial durante la ceremonia del Grito de Independencia...

Fuerte incendio en fábrica de aceites en Apodaca, Nuevo León (VIDEO)

Un incendio de gran magnitud se registró la tarde de este domingo en una fábrica de aceites comestibles ubicada...
-Anuncio-
- Advertisement -

Ciudad de México. La mayoría de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador violentó las restricciones constitucionales durante su conferencia matutina efectuada el pasado 23 de diciembre al referirse a las alianzas partidistas opositoras y aludir a logros de su gobierno. Por ello, instruyó a la Sala Especializada del propio TEPJF volver a analizar el recurso promovido por el PRD e imponer las sanciones correspondientes.

Aun cuando el magistrado presidente, José Luis Vargas (ponente en el caso) presentó un proyecto en el que respaldaba la sentencia original de la Sala Especializada, exonerando al mandatario de toda responsabilidad, los magistrados Janine Otálora, Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata y Reyes Rodríguez, votaron en contra del proyecto. Aun cuando no hubo debate, apelaron a criterios ya establecidos en recursos promovidos contra pronunciamientos de López Obrador en su conferencia.

Para Vargas, el hecho de que esa conferencia se hubiera realizado un día antes del periodo de precampañas, eximía al mandatario responsabilidad pues, a su juicio, en ese periodo no aplicaban las restricciones constitucionales en materia de propaganda gubernamental, por lo que no transgredió el principio de imparcialidad.

Sin embargo, para la mayoría de los magistrados, los cuestionamientos a la alianza opositora se constituían en propaganda gubernamental y sus afirmaciones evidenciaron una intención de asociar los logros de su gobierno a su persona en periodo prohibido por el artículo 134 constitucional.

Por otro lado, el TEPJF ordenó al Tribunal Estatal Electoral de Nuevo León, revisar nuevamente la sanción impuesta a Movimiento Ciudadano y al gobernador electo de esa entidad, Samuel García, asociada al presunto uso indebido de menores en propaganda partidista.

Información tomada de www.jornada.com.mx

- Advertisement -
-Anuncio-
-Anuncio-

Más Noticias

Investiga Fiscalía hallazgo de feto de 4 meses contenedor de basura al norte de Hermosillo

Hermosillo, Sonora.- La Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora (FGJES) inició una carpeta de investigación tras el...

“Que se joda ICE y liberen a Palestina”, declara en vivo la actriz Hannah Einbinder al ganar premio Emmy

Los premios Emmy 2025 no solo reconocieron a lo mejor de la televisión, también se convirtieron en un espacio...

Buscan a Alger Valenzuela, desaparecido desde el 12 de septiembre en Hermosillo

Hermosillo, Sonora.- La Comisión de Búsqueda de Personas para el Estado de Sonora emitió una ficha para localizar a...

Cambiarán rutas de camiones urbanos en Hermosillo este 16 de septiembre por Grito de Independencia

Hermosillo, Sonora.- Este martes de 16 de septiembre en Hermosillo, Sonora, las rutas del transporte público se modificaran en...

Fuerte incendio en fábrica de aceites en Apodaca, Nuevo León (VIDEO)

Un incendio de gran magnitud se registró la tarde de este domingo en una fábrica de aceites comestibles ubicada...
-Anuncio-