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jueves, enero 15, 2026

Senado prohíbe vapeadores en México: esto cambia para usuarios y comercios

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El Senado de la República aprobó la prohibición de vapeadores y cigarrillos electrónicos con los votos de la mayoría de Morena y sus aliados. La reforma a la Ley General de Salud avanzó con 76 votos a favor y 37 en contra.

Durante la discusión, el bloque oficialista defendió la propuesta al asegurar que la medida busca reducir daños a la salud, pues estos dispositivos son de muy fácil acceso para menores de edad.

En contraste, la oposición advirtió que la reforma “criminaliza a los consumidores” y acusó que terminará por orillarlos al mercado negro.

¿Qué plantea la reforma aprobada?

La modificación a la Ley General de Salud establece una prohibición absoluta de las actividades comerciales relacionadas con cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos similares, con el objetivo de proteger la salud pública, especialmente la de niños y jóvenes.

Puntos clave de la reforma

  • Prohibición total de actividades comerciales: Queda prohibida la fabricación, distribución, venta e importación de estos productos en todo el país.
  • Definición ampliada: La ley incorpora cualquier aparato o sistema —mecánico, electrónico o de cualquier tecnología— que sirva para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas, como líquidos, geles, sales, ceras, aerosoles secos, resinas, aceites o formulaciones sintéticas, con o sin nicotina.
  • Sanciones por lucro: Se establecen penas de uno a ocho años de prisión y multas de hasta dos mil veces el valor diario de la UMA (aproximadamente 226 mil 280 pesos) para quienes realicen actividades prohibidas con fines comerciales.
  • Uso personal no será sancionado: La reforma exceptúa el consumo y la posesión personal de estos dispositivos, siempre que no se utilicen con fines de comercio o lucro.

El objetivo central es cerrar vacíos legales y evitar que jóvenes entren en contacto con estos productos y desarrollen adicción a la nicotina.

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